Aprueban reforma para restringir excluyentes de responsabilidad en delitos sexuales, trata y homicidio de menores

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El Pleno del Congreso del Estado aprobó una reforma al artículo 283 del Código Penal del Estado de San Luis Potosí para restringir las excluyentes de responsabilidad penal en delitos contra la libertad sexual, la seguridad sexual y el normal desarrollo psicosexual, así como en trata de personas y homicidio de personas menores de edad.

¿Qué cambia con la reforma?

Anteriormente, el Código Penal establecía que no se imponía sanción a cónyuges, concubinos, ascendientes, descendientes o colaterales hasta segundo grado que, sin haber participado en el delito, albergaran, ocultaran o ayudaran al inculpado a sustraerse de la justicia. Con la reforma, estas excluyentes ya no aplicarán cuando se trate de:

  • Feminicidio
  • Homicidio de persona menor de edad
  • Delitos contra la libertad sexual, la seguridad sexual y el normal desarrollo psicosexual
  • Difusión ilícita de imágenes
  • Incesto
  • Delitos en materia de trata de personas establecidos en la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos

En estos casos, se impondrá la sanción que corresponda, sin importar el vínculo familiar con el agresor.

Declaraciones de la diputada promovente

La diputada Leticia Vázquez Hernández, presidenta de la Comisión Primera de Justicia, explicó que estas modificaciones responden a la necesidad de eliminar mecanismos normativos que generan impunidad respecto a delitos sexuales, trata de personas y homicidio de menores, cometidos en entornos de confianza o con vínculos familiares con el agresor. Señaló que la reforma es congruente con el bloque de constitucionalidad y que el Congreso ya había dado pasos firmes al restringir las excluyentes en el delito de feminicidio.

“En virtud del principio de progresividad, es coherente y necesario ampliar dicha restricción a todos los delitos sexuales, el homicidio cometido en contra de una persona menor de edad, así como la trata de personas. No se puede proteger la unidad familiar a costa de la integridad física y mental de sus integrantes más vulnerables”, afirmó la legisladora.

Contexto legislativo

La reforma se enmarca en un esfuerzo por fortalecer la protección de las víctimas y evitar que los lazos familiares sirvan como escudo para evadir la justicia. Con esta modificación, se cierra una vía que permitía a familiares encubrir a agresores sin consecuencias legales.

La iniciativa fue aprobada por el Pleno y turnada al Ejecutivo para su publicación en el Periódico Oficial del Estado.

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