El Congreso del Estado de San Luis Potosí aprobó por unanimidad, en Sesión Extraordinaria, la reforma al artículo 60 de la Ley de Educación del Estado para restringir el uso personal y no pedagógico de teléfonos celulares y otros dispositivos electrónicos durante toda la jornada escolar en los servicios de educación básica.
Detalles de la reforma aprobada
La reforma modifica el párrafo cuarto y adiciona los párrafos quinto y sexto al artículo 60 de la Ley de Educación del Estado de San Luis Potosí. El dictamen fue presentado por la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, presidida por el diputado Crisógono Pérez López, a partir de una iniciativa enviada por el Gobernador del Estado, Ricardo Gallardo Cardona.
El diputado Pérez López señaló que los dispositivos podrán utilizarse cuando su uso responda a una finalidad pedagógica determinada por el personal docente. Asimismo, la restricción no será aplicable cuando su utilización resulte necesaria ante una situación de emergencia, por razones de salud o para garantizar el ejercicio de derechos reconocidos en las disposiciones jurídicas aplicables.
Durante los periodos en que resulte aplicable la restricción, los dispositivos deberán permanecer fuera de uso. Las autoridades educativas, organismos e instituciones competentes establecerán, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, las medidas necesarias para la aplicación de estas disposiciones.
Objetivo de la medida
El legislador indicó que esta iniciativa resulta necesaria para contar con criterios claros que orienten a las autoridades educativas y escolares para regular el uso de teléfonos celulares, dispositivos inteligentes y electrónicos personales en las instituciones educativas. El propósito es contribuir a la generación de un entorno escolar adecuado para el aprendizaje, fortalecer la convivencia y el desarrollo integral de las y los estudiantes, garantizando un aprovechamiento responsable y seguro de las tecnologías y aprendizaje digital.
En sus artículos transitorios, se establece que este Decreto entrará en vigor a partir del 3 de noviembre próximo, luego de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.
Para consultar el boletín completo y material complementario, se puede acceder a los enlaces proporcionados por el Congreso del Estado.


