El pleno del Congreso del Estado de San Luis Potosí aprobó un Punto de Acuerdo para exhortar a la persona titular de la Coordinación Estatal de Protección Civil y a la persona titular de la Dirección General de Gobernación del Poder Ejecutivo del Estado, en materia de regulación de aforos en establecimientos con venta de bebidas alcohólicas.
La propuesta, presentada por la diputada María Dolores Robles Chairez, fue respaldada por el pleno durante la sesión del lunes 12 de octubre de 2026. El documento legislativo plantea que se implementen acciones coordinadas con los municipios para garantizar el cumplimiento de los límites de aforo y horarios en los establecimientos autorizados para la venta, suministro y consumo de bebidas alcohólicas en la entidad.
Un llamado a la coordinación entre estado y municipios
El Punto de Acuerdo exhorta específicamente a la persona titular de la Coordinación Estatal de Protección Civil de San Luis Potosí para que, en coordinación con las personas titulares de las Coordinaciones Municipales de Protección Civil del Estado, se implementen cuanto antes las acciones necesarias para dar cumplimiento a la determinación y publicidad de los aforos, en los términos del artículo 15 de la Ley del Sistema de Protección Civil del Estado de San Luis Potosí.
Asimismo, se exhorta a la persona titular de la Dirección General de Gobernación del Poder Ejecutivo del Estado para que, en coordinación con las personas titulares de las Direcciones de Comercio o sus equivalentes de los 59 municipios, lleven a cabo las acciones de inspección, verificación y, en su caso, sanción, respecto del cumplimiento de aforo máximo y horarios en los establecimientos autorizados para venta, suministro y consumo de bebidas alcohólicas en el Estado.
En su exposición de motivos, la legisladora subrayó que la seguridad en los centros de reunión masiva, como antros y bares, no depende exclusivamente de la presencia policial, sino de una gestión integral que incluya el cumplimiento de las normativas de protección civil, la regulación estricta de la venta de alcohol y el respeto a los límites de aforo, horarios de funcionamiento y la colocación de dispositivos detectores de metales.
Robles Chairez destacó la importancia de que los 59 municipios armonicen sus criterios de inspección para evitar disparidades que comprometan la seguridad metropolitana y estatal. Añadió que cada establecimiento con afluencia masiva debe contar con un Programa Interno de Protección Civil vigente y con personal capacitado para actuar ante cualquier contingencia, ya sea natural o provocada por el hombre.
Contexto legislativo y próximos pasos
El artículo 15 de la Ley del Sistema de Protección Civil del Estado de San Luis Potosí establece la obligación de determinar y publicitar los aforos máximos en los establecimientos. Con este exhorto, el Congreso busca que las autoridades estatales y municipales refuercen la vigilancia y, de ser necesario, apliquen sanciones para garantizar el cumplimiento de la normativa.
La aprobación de este Punto de Acuerdo no implica la creación de nuevas leyes, sino un llamado formal a las instancias ejecutivas para que actúen dentro de sus facultades. Corresponde ahora a la Coordinación Estatal de Protección Civil y a la Dirección General de Gobernación definir los mecanismos de coordinación con los municipios y, en su caso, informar sobre las acciones emprendidas.
El Congreso del Estado de San Luis Potosí reitera con esta medida su interés en fortalecer la seguridad en espacios de concentración masiva, particularmente aquellos donde se consume alcohol, a fin de prevenir incidentes que pongan en riesgo a la población.
Material complementario: El boletín oficial incluye enlaces a recursos adicionales, como documentos en Google Drive y videos en YouTube, que pueden consultarse para ampliar la información sobre esta sesión.


