La Comisión de Fomento al Turismo de la LXIV Legislatura del Congreso del Estado de San Luis Potosí aprobó el dictamen que reforma el artículo 67 de la Ley de Turismo del Estado, con el objetivo de armonizar la normativa local con la Ley General de Turismo. La reforma incorpora de manera expresa la obligación de los prestadores de servicios turísticos de inscribirse en el Registro Nacional de Turismo (RNT).
Detalles de la reforma aprobada
Durante la sesión de trabajo, la diputada María Aranzazu Puente Bustindui, presidenta de la Comisión Legislativa, explicó que la modificación permitirá generar congruencia entre ambos ordenamientos y brindar mayor claridad a quienes desarrollan actividades relacionadas con el sector turístico en San Luis Potosí. La legisladora señaló que este requisito ya se encuentra establecido en la legislación federal, por lo que la reforma evita duplicidad de requisitos o procedimientos en la legislación estatal.
El dictamen precisa que la inscripción deberá realizarse conforme a los términos y plazos establecidos en la Ley General de Turismo y demás disposiciones aplicables. Además, se mantiene la disposición referente al cumplimiento de las demás obligaciones establecidas para los prestadores de servicios turísticos.
Contexto legislativo
La Ley General de Turismo es el marco normativo federal que regula la actividad turística en México y establece, entre otras cosas, la obligación de los prestadores de servicios de registrarse en el RNT. La reforma aprobada por la Comisión de Fomento al Turismo busca que la Ley de Turismo del Estado de San Luis Potosí sea congruente con dicha ley, incorporando explícitamente esta obligación que ya operaba a nivel federal.
Con esta modificación, se pretende que los prestadores de servicios turísticos en la entidad tengan claridad sobre los requisitos que deben cumplir, evitando confusiones o trámites innecesarios. La diputada Puente Bustindui destacó que la propuesta mantiene las obligaciones adicionales que ya contempla la ley estatal para este sector.
Próximos pasos
Una vez aprobado por la Comisión de Fomento al Turismo, el dictamen será turnado al Pleno del Congreso del Estado para su votación correspondiente. De ser aprobado, se reformará el artículo 67 de la Ley de Turismo del Estado de San Luis Potosí, quedando armonizado con la Ley General de Turismo en lo relativo al Registro Nacional de Turismo.
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