El Pleno de la LXIV Legislatura del Congreso del Estado de San Luis Potosí aprobó por unanimidad, en Sesión Ordinaria del lunes 28 de septiembre de 2026, un paquete de reformas a diversas leyes estatales en materia de salud, igualdad de género, fomento a la lectura, protección contra el tabaco y derechos alimentarios, entre otros temas.
Armonización de la Ley de Salud con la legislación federal
Durante la sesión, se aprobó el Decreto que reforma los artículos 2°, 7º, 30, 31, 58 y 62 de la Ley de Salud del Estado de San Luis Potosí, con el objetivo de armonizar la normativa local con la legislación federal y garantizar la igualdad sustantiva en la formulación y aplicación de políticas públicas.
Las modificaciones incluyen disposiciones relativas a la promoción de la salud sexual y reproductiva, la prevención del embarazo adolescente y el fortalecimiento de la atención en salud mental. Estos objetivos forman parte del Sistema Nacional de Salud y buscan no solo la prestación de servicios médicos, sino también la implementación de políticas públicas orientadas a la prevención de enfermedades, la promoción de la salud y el bienestar integral de la población.
La reforma guarda congruencia con el modelo de atención impulsado a nivel federal, específicamente en lo relativo a la prestación de servicios con enfoque preventivo, integral y centrado en las personas, así como la consolidación de esquemas de atención prioritaria a grupos en situación de vulnerabilidad.
Incorporación de la interseccionalidad en la Ley de Igualdad
Por unanimidad, se aprobó la reforma a los artículos 5, 8, 9, 11, 14, 19, 25, 26, 29 y 31 de la Ley para la Igualdad entre Mujeres y Hombres del Estado de San Luis Potosí, con el fin de dotar de identidad jurídica y operativa al concepto de interseccionalidad dentro de la ley.
Se indica que, al incorporar el concepto de interseccionalidad, se establece como categoría de análisis para referir los componentes que confluyen en un mismo caso, tales como el género, etnia, clase social, idioma o lengua, entre otros, multiplicando las desventajas y discriminaciones. Este enfoque permite contemplar los problemas desde una perspectiva integral, evitando simplificar las conclusiones y, por lo tanto, el abordaje de dicha realidad.
Adicionalmente, se aprobó otro Decreto que reforma el artículo 5 de la misma Ley para establecer una clara protección y distinción a los grupos que, a razón de su vulnerabilidad, necesitan respaldarse y enfatizarse en la ley para salvaguardar sus derechos. Se incorpora en el apartado de discriminación el incluir cualquier acción u omisión que directa o indirectamente provoque o perpetúe la brecha de género en cualquier ámbito, cuando la distinción, exclusión, restricción o preferencia se base en motivos como origen étnico, color de piel, cultura, sexo, género, edad, discapacidades, condición social, económica, de salud o jurídica, religión, apariencia física, características genéticas, situación migratoria, embarazo, lengua, opiniones, identidad de género, orientación sexual, identidad o filiación política, estado civil o situación familiar.
Fomento a la lectura en formatos digitales y accesibles
También por unanimidad, se aprobó el Decreto que reforma los artículos 3º y 5º de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro del Estado y Municipios de San Luis Potosí, para incorporar expresamente la lectura en formatos digitales y accesibles, y establecer un enfoque claro de inclusión social y cultural.
Estas modificaciones tienen como finalidad dotar de mayor certeza jurídica a las políticas públicas en materia de fomento a la lectura, armonizar la legislación estatal con los avances tecnológicos y sociales, y garantizar que las acciones de promoción lectora contemplen la diversidad cultural, lingüística y social del Estado.
Se señala que la implementación del Programa Estatal reconoce que el acceso a la lectura y al libro se realiza actualmente a través de diversos formatos y soportes, incluidos los físicos, digitales y accesibles, y que su promoción debe contemplar herramientas contemporáneas como las plataformas digitales, la mediación lectora y el uso de tecnologías de la información. Asimismo, se reordenó el glosario de la ley en orden alfabético para preservar la coherencia interna del texto normativo y garantizar una correcta técnica legislativa.
Protección contra el humo del tabaco y vapeadores
El Pleno aprobó por unanimidad el Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley de Salud del Estado de San Luis Potosí, para asegurar la protección de la salud de las personas respecto de la exposición involuntaria al humo del tabaco, así como a las emisiones, vapores, aerosoles y sustancias expedidas por cigarrillos electrónicos, vapeadores y otros sistemas o dispositivos análogos.
Con estas reformas, se busca implementar campañas locales de prevención en coordinación con autoridades, ya que la falta de claridad en la legislación estatal puede provocar que jóvenes y familias desconozcan que los productos mencionados están prohibidos y que su comercialización constituye un delito.
Imprescriptibilidad alimentaria y otras reformas
Se aprobó el Decreto que reforma el artículo 1105 del Código Civil para el Estado de San Luis Potosí, para armonizar con el Código Familiar del Estado en materia de imprescriptibilidad alimentaria. Con ello se busca eliminar ambigüedades técnicas que pudieran favorecer la evasión de responsabilidades alimentarias, garantizando así la tutela judicial efectiva y el interés superior de la niñez, en plena concordancia con los criterios obligatorios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Asimismo, se aprobó por unanimidad el Decreto que reforma el artículo 56 de la Ley Sobre el Régimen de Propiedad en Condominio para el Estado de San Luis Potosí, para establecer mecanismos que permitan que el reglamento del condominio sea accesible y del conocimiento de visitantes y proveedores, mediante su difusión en lugares visibles o a través de medios digitales o electrónicos. Con ello se favorece el cumplimiento de las disposiciones internas, se fortalecen las condiciones de convivencia y se generan herramientas preventivas para la atención de posibles conflictos derivados del uso de los espacios comunes.
También se aprobó la desincorporación y donación gratuita y condicionada de seis bienes inmuebles propiedad de los Servicios de Salud del Estado de San Luis Potosí a favor del IMSS-Bienestar.
Finalmente, por unanimidad, se aprobó reformar el artículo 144 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de San Luis Potosí, para que los asuntos presentados en los recesos del Congreso del Estado se publiquen en la Gaceta Parlamentaria, con independencia de los asuntos que se presentan ante la Legislatura.
Punto de Acuerdo y posicionamientos
Se aprobó el Punto de Acuerdo para exhortar a la persona titular de la Coordinación Estatal de Protección Civil de San Luis Potosí para que, en el ámbito de sus facultades, implemente las acciones coordinadas con los 59 municipios, a fin de contar con la actualización de los atlas de riesgos; revisar el Programa Estatal de Protección Civil, en particular lo relacionado con la prevención de desastres producidos por lluvias; y revisar y actualizar los Planes de Contingencia relacionados con la temporada de lluvias en el Estado.
A las Comisiones Legislativas se turnó la correspondencia, así como las iniciativas y Puntos de Acuerdo presentados por las y los integrantes de la LXIV Legislatura.
La diputada Frinné Azuara Yarzábal presentó un posicionamiento en relación al Día Nacional de Donación y Trasplante de Órganos y Tejidos, el 26 de septiembre. En Asuntos Generales, el diputado Marco Antonio Gama presentó un posicionamiento en relación a la importancia en la promoción de donación de órganos y tejidos.
Agotados los asuntos, se citó a Sesión Ordinaria el próximo martes 6 de octubre de 2026 a las 10:00 horas en el Salón Ponciano Arriaga Leija, en Jardín Hidalgo 19.
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