La Comisión de Igualdad de Género del Congreso del Estado de San Luis Potosí aprobó un dictamen que reforma el artículo 36 TER de la Ley de los Trabajadores al Servicio de las Instituciones Públicas del Estado, para otorgar hasta dos días de trabajo a distancia a personas menstruantes diagnosticadas con endometriosis severa o dismenorrea primaria o secundaria en grado incapacitante.
La presidenta de la comisión, diputada Roxanna Hernández Ramírez, informó que la iniciativa fue presentada por el diputado Marco Antonio Gama Basarte. El dictamen establece que los días utilizados serán con goce de sueldo y no afectarán las prestaciones laborales establecidas.
Requisitos y condiciones
Para acceder a este beneficio, la persona trabajadora deberá presentar una prescripción médica expedida por un médico de una institución pública de salud o de particulares, que incluya nombre, número de cédula profesional, fecha y estado de salud. En caso de que la naturaleza de las labores no permita el trabajo a distancia, podrá dejar de laborar hasta por dos días.
El dictamen señala que el dolor menstrual afecta entre un 45 y un 90 por ciento de las personas que experimentan este proceso, y que alrededor del 20 por ciento padece dolores incapacitantes que limitan la vida cotidiana y laboral.
Contexto nacional
La diputada Hernández Ramírez destacó que entidades como Colima, Hidalgo, Tamaulipas, Quintana Roo, Campeche y Nuevo León ya contemplan en sus legislaciones la llamada licencia menstrual, por lo que consideró necesario actualizar el ordenamiento estatal para garantizar los derechos humanos de igualdad, salud y bienestar de las personas menstruantes.
Por su parte, la diputada Jessica Gabriela López Torres reconoció el avance y señaló que la reforma podría enriquecerse más adelante en temas como el diagnóstico médico u otras causas de ausentismo laboral, como la migraña menstrual.
El dictamen será turnado al Pleno para su análisis y votación correspondiente.


